El Tribunal Constitucional dio a conocer hoy, por ocho votos contra uno, su RECHAZO al requerimiento presentado por catorce compañías de seguros para que se declarara la inconstitucionalidad de los artículos 3º y 4º del Decreto Ley Nº 1.757, cuerpo legal que cubre los beneficios a bomberos accidentados en actos de servicio.
De esta manera, los Bomberos de Chile podrán seguir haciendo uso de un derecho que se les concedió mediante ley en 1941.
El Tribunal Constitucional estuvo integrado en la vista de la causa por Marcelo Venegas, Juan Colombo, José Luis Cea , Raúl Bertelsen, Hernán Vodanovic, Mario Fernández, Enrique Navarro, Francisco Fernández y Carlos Carmona.
El Presidente Nacional de Bomberos de Chile se manifestó satisfecho por la solidez de los argumentos planteados por los abogados que representaron a la Superintendencia de Valores y Seguros, al Consejo de Defensa del Estado y a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, indicando que la pretensión de las compañías de seguros de privar del financiamiento a los bomberos accidentados habría significado dejar sin protección a 36 mil bomberos de todo el país. Ante este requerimiento nuestra institución obtuvo el respaldo unánime de la comunidad nacional.
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